El artículo 24 de la Constitución de Túnez de 1959 es el 24 º de los 78 artículos de la Constitución de Túnez , adoptada el1 st de junio de 1959.
Es el séptimo artículo del segundo capítulo titulado "El poder legislativo ", que describe la composición de la Asamblea Nacional de Túnez , las condiciones de sus miembros, sus atribuciones y su funcionamiento.
“La Asamblea Nacional se encuentra en Túnez y sus suburbios. No obstante, la Asamblea podrá, en circunstancias excepcionales, celebrar sus sesiones en cualquier otro lugar. "